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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAN_250814/191
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales
Artículo
191

Artículo 191 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para presentar una queja o inconformidad legal (que se llama "recurso"), debes escribir un documento con estos datos: tu nombre completo y una dirección donde puedas recibir avisos oficiales. También tienes que decir qué decisión o acción de una autoridad no te gusta y quién la tomó. Además, anota la fecha exacta en que te avisaron de esa decisión o te diste cuenta del problema. Explica por qué esa decisión te afecta o te causa daño, ofrece las pruebas que apoyan tu queja, y si hay otras personas afectadas, escribe su nombre y dónde localizarlas.

Texto oficial

ARTICULO 191.- El escrito en que se interponga el recurso, deberá contener: I. El nombre del recurrente y domicilio para oír y recibir notificaciones; II. La mención del acto o resolución que se recurre y la autoridad que lo ejecute o que la emita; III. La fecha en que se le haya notificado la resolución o haya tenido conocimiento del acto impugnado; IV. Los agravios que le cause la resolución o acto impugnado; V. El ofrecimiento de pruebas en el que apoye los términos de su escrito, y VI. El nombre y domicilio de los terceros perjudicados, en su caso.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales (pág. 57) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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