Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si necesitas permiso para usar agua, debes presentar estudios y proyectos que sigan las reglas técnicas oficiales que marca "La Comisión". Si tus documentos tienen errores, están incompletos o no cumplen con esas reglas, "La Comisión" te avisará para que los corrijas o hagas unos nuevos dentro de un plazo fijo. En caso de que no puedas terminar los estudios o proyectos a tiempo, puedes pedir más días explicando por qué los necesitas, qué trabajos harás y cuánto tiempo te llevarán. "La Comisión" puede aceptar darte ese tiempo extra para que termines todo.
Texto oficial
ARTICULO 36.- Los estudios y proyectos a que se refiere el artículo 31 de este "Reglamento", se ajustarán a las normas oficiales mexicanas y especificaciones técnicas que al efecto emita "La Comisión". Si los proyectos presentados no se ajustan a las mismas, están incompletos o contienen errores técnicos, "La Comisión", dentro del plazo a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, solicitará que el interesado subsane los errores, corrija los proyectos o presente otros nuevos. Cuando el solicitante de una concesión o asignación no pueda presentar dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, el proyecto de las obras y la memoria técnica a que se refiere el artículo 31, fracción V, de este "Reglamento", podrá solicitar la ampliación de dicho plazo, expresando los motivos por los cuales debe hacer los estudios especiales, los trabajos que va a desarrollar, el orden e importancia de éstos y su duración máxima probable. En estos casos, "La Comisión" podrá conceder el plazo solicitado para la realización de los estudios y trabajos motivo de la solicitud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.