- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
- Artículo
- 37
Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Educación Militar y la Universidad del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (o quien designe el Estado Mayor) son los únicos encargados de decidir cómo se hacen y se califican los exámenes físicos para ingresar. Ellos ponen las reglas y determinan si pasas o no la prueba. Nadie más puede hacer ese trabajo.
Texto oficial
ARTÍCULO 37.- La aplicación y calificación de las pruebas de capacidad física quedará bajo la responsabilidad de la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional o la que designe el Estado Mayor. Artículo reformado DOF 20-03-2026
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