Artículo 38 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 38 dice que, aunque saques buenas calificaciones en los exámenes teóricos, si en las pruebas de capacidad física te van mal y te declaran "no apto", no vas a poder subir al siguiente nivel o grado. O sea, las pruebas físicas son obligatorias para poder avanzar, no importa qué tan bien te vaya en lo demás. Si no pasas esa prueba física, te quedas en el mismo puesto o grado.
Texto oficial
ARTÍCULO 38.- No será promovido al Grado inmediato quien resulte “NO APTO” en las pruebas de capacidad física, aun cuando tenga calificaciones aprobatorias en los exámenes teóricos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.