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Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Promoción General es un proceso donde el Estado Mayor (el área que decide los ascensos) revisa los resultados para subir de rango a Mayores y Oficiales, pero solo al siguiente nivel. Para lograrlo, deben cumplir con lo que piden tres artículos específicos de la Ley: el 8, el 18 y el 20. Básicamente, si cumplen esos requisitos, pueden ser ascendidos al grado que les sigue.

Texto oficial

ARTÍCULO 60.- La Promoción General arrojará resultados que permitan al Estado Mayor promover a las personas con jerarquía de Mayores y Oficiales al grado inmediato superior, siempre que acrediten los requisitos señalados en los artículos 8, 18 y 20 de la Ley. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

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