Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Promoción General es un proceso donde el Estado Mayor (el área que decide los ascensos) revisa los resultados para subir de rango a Mayores y Oficiales, pero solo al siguiente nivel. Para lograrlo, deben cumplir con lo que piden tres artículos específicos de la Ley: el 8, el 18 y el 20. Básicamente, si cumplen esos requisitos, pueden ser ascendidos al grado que les sigue.
Texto oficial
ARTÍCULO 60.- La Promoción General arrojará resultados que permitan al Estado Mayor promover a las personas con jerarquía de Mayores y Oficiales al grado inmediato superior, siempre que acrediten los requisitos señalados en los artículos 8, 18 y 20 de la Ley. Artículo reformado DOF 20-03-2026
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