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Artículo 85 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Va a valorar cómo trabajas, si sabes liderar a otros y cómo te comportas en el servicio militar. Con eso, la Comisión junta toda la información para decidir si tienes mérito, capacidad y chamba de sobra para el puesto. Es como cuando te evalúan en el jale: toman en cuenta tu desempeño, si sabes mandar y tu actitud en general para ver si eres buena opción.

Texto oficial

ARTÍCULO 85.- La Comisión tomará en cuenta el desempeño profesional, la capacidad de liderazgo y la actuación militar en general, para reunir los elementos de juicio sobre el mérito, la aptitud y competencia profesional de las personas participantes. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.