Artículo 103 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vives en México y vas a salir del país, ya sea al extranjero o a la franja fronteriza, llevando aparatos electrónicos o herramientas de trabajo (como una laptop, tableta o cámara), puedes pedirle a la aduana que los registre en un formato oficial del SAT. Esto sirve para que, cuando regreses a México, no tengas que pagar impuestos ni cumplir con permisos especiales por traerlos de vuelta. Pero ojo: solo aplica para objetos que una persona pueda cargar normalmente, y siempre que no les hayas hecho modificaciones ni les hayas agregado piezas nuevas o usadas en el extranjero. Para que te acepten el trámite, tienes que mostrar el formato original que te dieron al registrarlos.
Texto oficial
Artículo 103. Las personas Residentes en Territorio Nacional que viajen al extranjero o a la franja o región fronteriza llevando consigo aparatos electrónicos o instrumentos de trabajo necesarios para el desarrollo de su actividad, podrán solicitar a la Autoridad Aduanera su registro en la forma oficial aprobada por el SAT, siempre y cuando se trate de instrumentos o aparatos que puedan ser REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-02-2026 38 de 90 transportados normal y comúnmente por una persona, para que, exhibiendo el original de dicha forma, se admitan a su regreso libres del pago de las contribuciones y del cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, siempre que no hayan sido modificados en el extranjero, ni se les hayan incorporado insumos nuevos o usados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.