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Artículo 132 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre cómo se calcula el valor de unas mercancías que entran a México. Explica que los "gastos generales" son todos los costos de vender el producto, tanto los directos como los indirectos, y que deben sumarse junto con las ganancias para obtener un total. Si el importador (la persona que trae la mercancía) declara una cantidad por ganancias y gastos que no coincide con lo que otros productores del mismo país cobran por vender productos similares en México, entonces la Autoridad Aduanera puede usar otra información para calcular ese monto, en lugar de lo que dijo el importador. Básicamente, se aseguran de que el precio declarado sea realista y justo.

Texto oficial

Artículo 132. Para efectos del artículo 75, fracción I de la Ley, los gastos generales comprenderán los gastos directos e indirectos de comercialización de las Mercancías y deberán considerarse como un todo con los beneficios. Cuando el importe aplicado por el importador por concepto de beneficios y gastos generales, no concuerde con el correspondiente a las ventas de Mercancías de la misma especie o clase que las Mercancías objeto de valoración, efectuadas por productores del país de exportación en operaciones a territorio nacional, el importe por concepto de beneficios y gastos generales podrá determinarse por la Autoridad Aduanera con base en información distinta de la que hubiera sido utilizada por el importador.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.