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Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometiste un error en los datos de tu declaración aduanal (el "Pedimento"), puedes corregirlo. Para eso, necesitas presentar un nuevo documento llamado "Pedimento de rectificación" en el sistema de aduanas en línea, indicando el número del documento original que vas a arreglar. Además, tendrás que pagar los derechos (impuestos) que marca la Ley Federal de Derechos. Si la corrección la haces antes de que la aduana active su sistema de revisión automática, puedes hacerla siguiendo la ley, pero si tu declaración incluye petróleo o productos similares, necesitas un permiso especial de la autoridad aduanera.

Texto oficial

Artículo 137. Para efectos del artículo 89 de la Ley, la rectificación de los datos contenidos en los Pedimentos deberá realizarse mediante la presentación de un Pedimento de rectificación, el cual se deberá transmitir al Sistema Electrónico Aduanero, señalando el número del Pedimento que se rectifica. Para los efectos del párrafo anterior, se deberá cubrir el pago de los derechos previstos en la Ley Federal de Derechos. Antes de activar el Mecanismo de Selección Automatizado, el contribuyente podrá rectificar los datos del Pedimento conforme lo dispuesto en la Ley, con autorización previa de la Autoridad Aduanera cuando el Pedimento ampare petrolíferos y demás Mercancías que se establezcan mediante Reglas. Párrafo adicionado DOF 23-02-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.