Artículo 144 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu empresa hizo importaciones por más de 175 millones 395 mil 50 pesos el año anterior, necesitas pedir tu registro especial de aduanas. Para eso, debes pagar los derechos que marca la ley, demostrar que no tienes deudas fiscales y cumplir cualquier otro requisito que ponga el SAT. El SAT también puede cambiar esa cantidad según el tipo de mercancía o actividad que tengas. Básicamente, es un permiso para importar que piden a empresas grandes.
Texto oficial
Artículo 144. Para efectos del artículo 100, fracción II de la Ley, las empresas que hayan realizado importaciones con un valor superior a $175,395,050.00 en el ejercicio inmediato anterior a aquél en que soliciten su inscripción en el registro del despacho de Mercancías de las empresas, presentarán su solicitud ante la Autoridad Aduanera debiendo cumplir con lo siguiente: Cantidad del párrafo actualizada por reglas generales de comercio exterior DOF 22-12-2017, 24-12-2020, 24-12-2021, 27-12-2022, 28-12-2023, 30-12-2024, 27-12-2025 I. Realizar el pago del derecho que corresponda conforme a la Ley Federal de Derechos; II. Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo previsto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y III. Lo demás que establezca el SAT mediante Reglas. El SAT podrá establecer montos diferentes al señalado en el párrafo anterior, considerando el tipo de actividad que realizan las empresas o en función del tipo de Mercancía que se importe.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.