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Artículo 162 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 162 habla sobre cómo meter una casa rodante (como una casa móvil o RV) de manera temporal al país, sin pagar impuestos de importación definitivos. Esto aplica solo si eres el dueño de la casa rodante, o si eres esposo/a, hijo/a, padre o abuelo del dueño, y siempre que vivan de forma permanente en el extranjero. Para hacerlo, tienes que presentar un formato oficial que da el SAT en la aduana, mostrar una copia del título de propiedad o registro de la casa rodante, firmar una declaración bajo protesta de decir verdad prometiendo que la vas a devolver a tiempo y que no le darás mal uso, pagar una cuota por el trámite, y cumplir con cualquier otro requisito que ponga el SAT. Básicamente, es un permiso temporal para traer tu RV a México sin nacionalizarla, siempre y cuando cumplas con todos los pasos.

Texto oficial

Artículo 162. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 106, fracción V, inciso b) de la Ley, el propietario, cónyuge, ascendiente o descendiente, siempre que se trate de residentes permanentes en el extranjero podrán efectuar la importación temporal de casas rodantes, siempre que cumplan los siguientes requisitos: Párrafo reformado DOF 23-02-2026 I. Presentar la forma oficial aprobada por el SAT, ante la Autoridad Aduanera para efectuar el trámite de entrada al país de casas rodantes; II. Anexar copia del título de propiedad o del certificado de registro otorgado por la autoridad competente; III. Declaración firmada bajo protesta de decir verdad, en la que se comprometan a retornar la casa rodante dentro del plazo autorizado y a no realizar actos u omisiones que configuren infracciones o delitos por el indebido uso o destino de las mismas; IV. Realizar el pago correspondiente por concepto del trámite para la importación temporal de casas rodantes, y REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-02-2026 55 de 90 V. Cumplir con los demás requisitos que señale el SAT mediante Reglas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.