- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Aduanera
- Artículo
- 165
Artículo 165 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo se puede traer temporalmente al país locomotoras, vagones de ferrocarril y equipo especial para trenes. Se permite meterlos de forma temporal, devolverlos o transferirlos, pero solo para transportar mercancías que ya entraron a México o que van a ser exportadas. Para hacer todo esto, se deben usar listas de intercambio, que son documentos especiales. Además, el SAT (Servicio de Administración Tributaria) va a dar reglas específicas sobre cómo llenar y presentar esas listas.
Texto oficial
Artículo 165. Para efectos del artículo 107, primer párrafo de la Ley, la importación temporal, retorno y transferencia de locomotoras, carros de ferrocarril y equipo especializado relacionado con la industria REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-02-2026 56 de 90 ferroviaria para el transporte en territorio nacional de las Mercancías que en ellos se hubieren introducido al país o las que se conduzcan para su exportación, se efectuará mediante listas de intercambio conforme a lo que señale el SAT mediante Reglas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.