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Artículo 191 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres mover mercancías extranjeras de una zona fronteriza a otra, tienes que pagar los impuestos que correspondan en el lugar al que lleguen y también cumplir con los permisos o reglas que aplican (como no arancelarias, es decir, requisitos que no son impuestos). Puedes moverlas usando un régimen de tránsito interno, pero solo si sigues los pasos de ese sistema y les dices a las autoridades aduaneras por qué ruta y en qué tiempo van a llegar. Si las mercancías no llegan a la aduana de destino dentro del plazo que te dieron, se considera que el vendedor las mandó de regreso, y él tendrá que pagar los impuestos y recargos en los 15 días después de que se venció el plazo.

Texto oficial

Artículo 191. Quienes pretendan la internación o salida de Mercancías de procedencia extranjera o legalizada de una franja o región fronteriza a otra, cubrirán las contribuciones exigibles en esta última y cumplirán las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables. El traslado de Mercancías extranjeras de una franja o región fronteriza se podrá efectuar bajo el régimen de tránsito interno, siempre que los interesados cumplan las formalidades del régimen y se proporcione a las Autoridades Aduaneras información de control relacionada con las rutas y tiempos en que los bienes arribarán al lugar de destino. Cuando las Mercancías no arriben a la aduana de destino dentro de los plazos concedidos para su traslado, se considerará que las mismas fueron reexpedidas por el enajenante, y éste deberá efectuar el REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-02-2026 66 de 90 pago de las contribuciones causadas y de los accesorios correspondientes, dentro de los quince días siguientes al del vencimiento del plazo de referencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.