Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de los aeropuertos internacionales en México tienen que avisar a la aduana con tiempo sobre los vuelos que vienen del extranjero o que van a salir del país. Además, no van a dejar que un avión despegue si la aduana no lo revisó primero en el control de salida para asegurarse de que todo esté en orden. Eso significa que antes de que un avión vuele hacia otro país, los agentes de aduana deben inspeccionarlo para verificar que no lleve mercancía ilegal o que no haya problemas. Así se aseguran de que se cumplan las reglas al salir de México.
Texto oficial
Artículo 32. Las autoridades de aeronáutica de los aeropuertos internacionales del país, notificarán oportunamente a las Autoridades Aduaneras los vuelos internacionales, y no autorizarán el despegue de aeronaves a las que no se les haya practicado la visita de inspección aduanera de salida. Sección Quinta Tráfico Ferroviario
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.