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Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si mandan por correo cosas que están prohibidas de importar o exportar, el Servicio Postal Mexicano debe avisarle a la Aduana por medio de un sistema electrónico. Eso lo tienen que hacer con un documento digital, siguiendo las reglas que ponga el SAT. La Aduana entonces actuará según lo que dice la ley. En pocas palabras, si intentas meter o sacar del país algo prohibido por paquetería, te van a descubrir y se van a poner las autoridades de por medio.

Texto oficial

Artículo 35. Cuando por la vía postal se introduzcan o extraigan del territorio nacional las Mercancías cuya importación o exportación esté prohibida, el Servicio Postal Mexicano informará a la Autoridad Aduanera de dicha circunstancia, a través del Sistema Electrónico Aduanero mediante Documento Electrónico o Digital, en los términos y condiciones que establezca el SAT en las Reglas, para que dicha autoridad proceda conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.