Artículo 50 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes mercancías guardadas en la aduana por un tiempo limitado, puedes pedir que te den hasta 10 días más de lo que marca la ley para dejarlas ahí. Eso sí, tienes que solicitarlo antes de que se termine el plazo original, y la autoridad aduanera tiene que aprobarlo. Básicamente, es un permiso para tener tus productos un poco más de tiempo en el depósito aduanero.
Texto oficial
Artículo 50. Tratándose de las Mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana, la Autoridad Aduanera podrá autorizar, previa solicitud del interesado, la prórroga de los plazos establecidos REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-02-2026 20 de 90 en el artículo 29, fracción II, incisos a) y c) de la Ley hasta por diez días, siempre que dicha autorización se solicite con anterioridad al vencimiento del plazo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.