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Ley
REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Artículo
92

Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 92 habla de cómo se permite surtir productos nacionales a barcos o aviones que viajan al extranjero. Para que puedas abastecerlos, debes considerar cuántos tripulantes y pasajeros llevan, y también el próximo lugar donde harán escala. Esto aplica solo para el servicio internacional, no para viajes dentro del país. Básicamente, las reglas cambian según el número de personas a bordo y el destino del viaje.

Texto oficial

Artículo 92. Para efectos del artículo 61, fracción IV de la Ley, el abastecimiento de Mercancías de procedencia nacional a los medios de transporte que presten servicio internacional, se permitirá tomando en cuenta el número de tripulantes y pasajeros, así como el lugar inmediato de escala.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Aduanera (pág. 35) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.