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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAero/114
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Artículo
114

Artículo 114 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La carga y descarga de equipaje o mercancía solo se puede hacer en las zonas que el aeropuerto tenga designadas para eso. Debes seguir las reglas de operación de ese aeropuerto en específico y también las limitaciones que pongan las autoridades como la Secretaría de Infraestructura. En corto, no puedes hacerlo en cualquier lado ni a tu modo.

Texto oficial

Artículo 114. La carga y descarga deberá realizarse dentro de las áreas destinadas para tal fin, conforme lo señalen las reglas de operación del aeródromo y de conformidad con las limitaciones que establezcan las autoridades competentes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.