- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
- Artículo
- 114
Artículo 114 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La carga y descarga de equipaje o mercancía solo se puede hacer en las zonas que el aeropuerto tenga designadas para eso. Debes seguir las reglas de operación de ese aeropuerto en específico y también las limitaciones que pongan las autoridades como la Secretaría de Infraestructura. En corto, no puedes hacerlo en cualquier lado ni a tu modo.
Texto oficial
Artículo 114. La carga y descarga deberá realizarse dentro de las áreas destinadas para tal fin, conforme lo señalen las reglas de operación del aeródromo y de conformidad con las limitaciones que establezcan las autoridades competentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.