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Artículo 121 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si manejas cualquier vehículo dentro de un aeropuerto (en las pistas o calles por donde se mueven los aviones), tienes la obligación de seguir todas las reglas de tránsito y seguridad que ponga el aeropuerto. Además, nunca debes estorbarte ni cerrarle el paso a los aviones, a los equipos que suben pasajeros (como escaleras móviles) ni a las ambulancias o patrullas de emergencia: a ellos siempre tienes que darles la preferencia, es decir, dejarlos pasar primero.

Texto oficial

Artículo 121. Toda persona que conduzca un vehículo en las plataformas y calles de rodaje debe observar las condiciones de seguridad, tránsito y señalamientos establecidos en las reglas de operación y en las medidas de seguridad del aeródromo y en ningún caso se puede obstruir el paso de las aeronaves, los abordadores mecánicos y los vehículos de emergencia, debiendo concederles preferencia de paso. Sección Cuarta De las telecomunicaciones en el aeródromo civil

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.