Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 157 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entrar a las zonas prohibidas de un aeropuerto, necesitas una identificación especial que muestre claramente quién eres (tú o tu vehículo) y a qué lugares tienes permitido pasar. Esa identificación la da y la controla la empresa que maneja el aeropuerto (el concesionario o permisionario), y ellos son los responsables de todo. La credencial debe tener tu foto y tus datos en ambos lados, como una tarjeta de identificación. El resto de las reglas, como los requisitos para obtenerla o cómo usarla, dependen del plan de seguridad de cada aeropuerto y de las normas generales de seguridad.

Texto oficial

Artículo 157. La identificación para el acceso a las zonas restringidas deberá permitir reconocer individualmente a la persona o vehículo que corresponda y los lugares a los que puede acceder. El concesionario o permisionario es responsable de la expedición y control de las identificaciones. REGLAMENTO DE LA LEY DE AEROPUERTOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Ultima Reforma DOF 29-08-2025 52 de 66 El formato de las identificaciones contará con fotografía y datos del usuario por ambos lados; las demás características, restricciones y requisitos para su expedición se ajustarán al programa local de seguridad aeroportuaria y, en su caso, a las normas básicas de seguridad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.