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Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien deja de usar su parcela por dos años seguidos o más, o si la vende a quien no debe, esa tierra regresa a la comunidad del ejido para que todos la aprovechen. Esto aplica en los casos del artículo anterior, como cuando abandonas el terreno o lo pasas a alguien que no es ejidatario. La parcela ya no es de la persona, sino que vuelve a ser parte del ejido.

Texto oficial

Artículo 12.- En los casos de las fracciones I, II y III del artículo anterior, la Parcela se reincorporará al núcleo agrario para su uso y aprovechamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.