- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina
- Artículo
- 12
Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien deja de usar su parcela por dos años seguidos o más, o si la vende a quien no debe, esa tierra regresa a la comunidad del ejido para que todos la aprovechen. Esto aplica en los casos del artículo anterior, como cuando abandonas el terreno o lo pasas a alguien que no es ejidatario. La parcela ya no es de la persona, sino que vuelve a ser parte del ejido.
Texto oficial
Artículo 12.- En los casos de las fracciones I, II y III del artículo anterior, la Parcela se reincorporará al núcleo agrario para su uso y aprovechamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.