- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares
- Artículo
- 25
Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Asamblea de tu ejido (la reunión donde todas y todos deciden) puede pedir ayuda al Registro Agrario Nacional para poner límites claros a las tierras que están dentro del ejido. Con esa ayuda, se hace un mapa o plano que muestra exactamente cómo están divididas esas tierras. Ese mapa se llama “plano interno del ejido” y sirve para que todos sepan hasta dónde llega cada terreno.
Texto oficial
Artículo 25.- La Asamblea podrá solicitar al Registro su auxilio para la delimitación de las tierras al interior del ejido. El plano resultante será el plano interno del ejido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.