Artículo 124 del REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría debe anunciar con anticipación una subasta pública. Ese anuncio se publica en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico importante del estado donde se hará la subasta. El aviso tiene que salir por lo menos 30 días naturales antes de la fecha de la subasta.
Texto oficial
Artículo 124.- La convocatoria para la subasta pública que al efecto emita la Secretaría, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la entidad federativa de que se trate, con treinta días naturales de anticipación a la celebración de la misma.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.