Artículo 103 del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las dependencias del gobierno (SENER y SADER) tienen que seguir las reglas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para hacer visitas de revisión, encontrar faltas y aplicar multas. Para asegurarse de que cumplas con la ley, pueden monitorear tus reportes, pedirte información por escrito, citarte a comparecer (que vayas a dar explicaciones) o hacerte visitas de verificación. También la SEMARNAT, en temas ambientales, puede revisar que estés cumpliendo con la ley y los permisos que te hayan dado. En pocas palabras, las autoridades pueden revisarte de varias formas para ver que no estés violando las reglas.
Texto oficial
Artículo 103. De conformidad con lo previsto en el artículo 38 de la Ley, para la realización de visitas de verificación, determinación de infracciones administrativas, imposición de sanciones y los procedimientos administrativos correspondientes, se debe sujetar a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. La SENER y la SADER deben realizar las visitas de verificación y demás actos de autoridad necesarios para vigilar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley, el Reglamento, y demás normatividad aplicable, incluidos, sin ser limitativos, los actos de: I. Monitoreo, a través de la revisión a la información que las personas obligadas presenten a las autoridades como parte del cumplimiento de sus obligaciones establecidas en la Ley, el Reglamento, Normas Oficiales Mexicanas, Disposiciones Administrativas, permisos o Autorizaciones y demás disposiciones jurídicas aplicables; II. Supervisión, a través de los mecanismos que la autoridad defina como: a) Requerimientos de información; b) Comparecencias de las personas obligadas, y III. Verificación, a través de las visitas de verificación en términos de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo. La SEMARNAT, en el ámbito de sus atribuciones, puede verificar el cumplimiento de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables de conformidad con la legislación ambiental vigente, los procedimientos establecidos por esta y las autorizaciones que de ella deriven.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.