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Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres que te den permiso para producir o usar biocombustibles, tienes que llenar un formato especial que la Secretaría de Energía (SENER) ya tiene listo, siguiendo las reglas del artículo 27. Además, debes entregar información bien detallada: cómo piensas hacerlo, con qué instalaciones y equipos, cuánto combustible vas a producir o aprovechar y para qué lo vas a usar. También tienes que explicar el proyecto completo: cuánto dinero vas a invertir, cuántos empleos vas a generar, cuánto tiempo te llevará construirlo, si tienes planes de crecer a futuro y qué certificaciones nacionales o internacionales piensas obtener. Por último, si vas a usar residuos orgánicos (como basura o desechos de comida), necesitas un permiso especial de la autoridad que te deje juntarlos, guardarlos y usarlos.

Texto oficial

Artículo 35. Para obtener la Autorización de Producción o Aprovechamiento de Biocombustibles, la persona solicitante debe presentar una solicitud en el formato autorizado por la SENER de acuerdo con lo señalado en el artículo 27 de este Reglamento y los requisitos siguientes: I. Información de la operación que incluya: a) Descripción de las instalaciones y equipos con los que se pretenda llevar a cabo la Producción o Aprovechamiento de Biocombustibles; b) Descripción de los procesos empleados para la Producción o Aprovechamiento de Biocombustibles; c) Cantidad de Biocombustibles por producir o, en su caso, por aprovechar, y d) Objeto final de las actividades de Producción o Aprovechamiento de Biocombustibles; II. Datos del proyecto, que incluya: a) Inversión destinada para la ejecución del proyecto; b) Número de empleos generados; c) Tiempo estimado de construcción; d) Planes de expansión en el corto, mediano y largo plazo, y e) Certificaciones nacionales e internacionales aplicables por obtener; III. Ingeniería del proyecto, en donde se incluya lo siguiente: a) Esquema de la planta y equipos, y b) Manual de operación y manual de seguridad de las instalaciones, y IV. En caso de que la persona solicitante utilice como Biomasa uno o varios Residuos Orgánicos, debe presentar las autorizaciones correspondientes emitidas por la autoridad competente para recolectar, almacenar y aprovechar residuos. SECCIÓN II REGLAMENTO DE LA LEY DE BIOCOMBUSTIBLES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 12 de 38 Del Permiso de Producción de Biocombustibles

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.