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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
Artículo
63

Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La SENER (Secretaría de Energía) te da permisos o autorizaciones que duran hasta 10 años. Para que sigan siendo válidos, debes cumplir con todo lo que dice la ley y los reglamentos, además de tener derechos sobre el terreno donde están tus instalaciones, respetar los contratos que firmaste y hacer las actividades conforme a lo que pide la ley. También puedes renovar estos permisos por otros 10 años, pero solo si la SENER lo aprueba primero.

Texto oficial

Artículo 63. Los permisos y Autorizaciones que otorga la SENER tienen una vigencia de hasta diez años y están sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley, el Reglamento y la normatividad aplicable a la vigencia del derecho sobre el uso del predio donde se ubican las instalaciones, la temporalidad de los convenios y contratos celebrados para la ejecución de las actividades, el cumplimiento a sus términos y condiciones, así como a la realización de dichas actividades conforme a los objetivos de la Ley y el Reglamento. Los permisos y Autorizaciones que otorga la SENER son prorrogables por períodos iguales a la vigencia originalmente otorgada, previa resolución favorable de la SENER.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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