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Artículo 75 del REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los permisos que da la SADER (Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural) duran un año, pero los puedes renovar por otro año si la SADER lo autoriza. Si tienes un cultivo que tarda más de un año en dar fruto (como un árbol frutal), puedes pedir que el permiso dure hasta cinco años, pero debes explicar por qué en tu solicitud. Para pedir la renovación, debes ir a las oficinas de la SADER en tu estado mínimo tres meses antes de que se venza el permiso. En tu solicitud tienes que incluir tu nombre, el nombre de tu empresa o negocio, el número del permiso, el nombre de tu representante legal, tu dirección para recibir avisos y tu correo electrónico. Antes de decidir si te renuevan, la SADER va a checar que hayas cumplido con todo lo que prometiste en el permiso original y con las leyes y reglamentos que aplican. La SADER debe darte una respuesta en el mismo tiempo que tardó en darte el permiso inicial y, si no te responde en ese plazo, se entiende que tu renovación fue negada.

Texto oficial

Artículo 75. Los permisos que otorga la SADER, a través de sus oficinas de representación en las entidades federativas tienen una vigencia de un año, prorrogable por períodos iguales, previa resolución favorable de la SADER. En caso, de proyectos de cultivos que tengan un periodo de maduración mayor a un año hasta su etapa productiva se puede solicitar que la vigencia del permiso sea por un plazo máximo de cinco años, por lo que la persona solicitante debe justificar dicha situación en la solicitud respectiva. La solicitud de prórroga debe presentarse ante las oficinas de representación en las entidades federativas de la SADER por lo menos tres meses antes del vencimiento del permiso. La solicitud debe indicar lo siguiente: I. Nombre; II. Denominación o razón social de quien promueve; III. Número de permiso correspondiente; IV. Nombre del representante legal; V. Domicilio para oír y recibir notificaciones, y VI. Dirección electrónica. Previo a resolver sobre la solicitud de prórroga, la SADER debe verificar el cumplimiento dado por la persona solicitante a los términos y condiciones establecidos en el permiso originalmente otorgado, en las modificaciones de que haya sido objeto, así como a la Ley, al Reglamento y demás disposiciones administrativas de carácter general que resulten aplicables. La SADER, a través de sus oficinas de representación en las entidades federativas correspondientes, debe evaluar la solicitud de prórroga y resolver lo conducente en un plazo que no debe exceder del establecido para el otorgamiento del permiso. Transcurrido dicho plazo sin que se haya emitido resolución, la prórroga debe entenderse negada en términos del artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. REGLAMENTO DE LA LEY DE BIOCOMBUSTIBLES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 27 de 38

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

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