Artículo 118 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres pedir una investigación por salvaguardas (protección temporal a la industria nacional), debes entregar un escrito y también llenar un formulario oficial que da la Secretaría. En el escrito tienes que incluir 13 datos, como tu nombre, qué produces, cuánto vendes en México, y los detalles de la mercancía importada que te afecta (volumen, valor, país de origen). También debes explicar cómo las importaciones están dañando gravemente a tu negocio, y anexar un plan de ajuste para mejorar si te otorgan la protección. Al final, el documento debe ir firmado por ti o tu representante, y entregar copias para cada importador y exportador que menciones.
Texto oficial
ARTICULO 118.- La solicitud de parte interesada por la que se inicie una investigación administrativa en materia de salvaguarda, además de presentarse por escrito y de cumplir con los requisitos previstos en los artículos 50 y 51 de la Ley, se presentará con el formulario que expida la Secretaría, la que contendrá lo siguiente: I. La autoridad administrativa competente ante la cual se promueva; II. Su nombre o razón social y domicilio y, en su caso, de su representante, acompañando la documentación que lo acredite; III. Actividad principal del promovente; IV. Volumen y valor de la producción nacional del producto idéntico, similar o directamente competidor al de importación; V. Descripción de su participación, en volumen y valor, dentro de la producción nacional; VI. Los fundamentos legales en que se sustenta; VII. Descripción de la mercancía de cuya importación se trate, acompañando las especificaciones y características comparativamente con la de producción nacional y los demás datos que la individualicen; el volumen y valor que se importó con base en la unidad de medida correspondiente y su clasificación arancelaria conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; VIII. Nombre o razón social y domicilio de quienes efectuaron la importación aclarando si se realizó en una o varias operaciones; IX. Nombre del país o países de origen o de procedencia de la mercancía, según se trate y, el nombre o razón social de la persona o personas que hayan realizado la exportación; X. Análisis de la posición competitiva de la producción nacional que representa; XI. El programa de ajuste que se instrumentará en caso de imponerse una medida de salvaguarda, y su viabilidad; XII. Descripción de los hechos y datos que demuestren que el aumento de las importaciones causa daño grave o amenaza de daño grave a la rama de producción nacional de la mercancía idéntica, similar o directamente competidora, y XIII. En su caso, descripción de solicitudes de otras medidas de regulación o restricción comercial en relación a la mercancía objeto de la solicitud. La solicitud a que se refiere este artículo deberá contar con la firma autógrafa del interesado o de quien actúa en su representación. REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-05-2014 37 de 64 La solicitud y documentos anexos deberán ser presentados en original y en tantas copias como señale la Secretaría en el formulario oficial. Las copias de traslado se deberán presentar a más tardar con la respuesta a la prevención, en tantas copias como importadores, exportadores y, en su caso, gobiernos extranjeros nombren en su solicitud y en la respuesta a la prevención. Dichas copias deberán presentarse por el medio que determine la Secretaría. De no cumplir con esta obligación, la solicitud se tendrá por abandonada. El procedimiento de investigación no será obstáculo para el despacho ante la aduana correspondiente de las mercancías involucradas en la investigación. Artículo reformado DOF 22-05-2014
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.