Artículo 196 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema Nacional de Promoción Externa junta y mantiene al día información útil para quienes invierten o exportan. Esta información tiene diferentes secciones, como un centro de servicios para el comercio exterior, programas de ferias y eventos, datos de producción nacional, opciones de dónde poner proyectos en México, fuentes de financiamiento, leyes de cada sector, licitaciones en el extranjero y un directorio de consultores, entre otras.
Texto oficial
ARTICULO 196.- El Sistema Nacional de Promoción Externa integrará y actualizará, como apoyo a inversionistas y exportadores, información relativa a diversos aspectos de interés para la toma de decisiones que incluirán, cuando menos, los siguientes módulos: I. Centro de Servicios al Comercio Exterior; II. Programa Especial de Misiones, Ferias y Eventos; III. Sistema de información comercial de México; IV. Información sobre la producción nacional de bienes y servicios; V. Opciones para la localización de proyectos de inversión en estados, ciudades y parques industriales; VI. Información sobre fuentes de financiamiento; VII. Información económica general sobre cada actividad productiva; VIII. Información jurídica específica para cada sector; IX. Sistemas de promoción comercial del Banco Nacional de Comercio Exterior; X. Información sobre licitaciones en el exterior, y XI. Directorio de consultores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.