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Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (una dependencia del gobierno) debe incluir en su proyecto de presupuesto el dinero necesario para los programas de apoyo a las MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas), para que se cumpla con lo que dice esta ley y su reglamento. Los apoyos económicos y beneficios que se den a las empresas deberán seguir las reglas de presupuesto del gobierno y solo se podrán usar si el dinero ya fue aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación (el gasto anual del país). Esto aplica para la Secretaría de Economía y otras dependencias que tengan que cumplir con estas obligaciones. La Secretaría deberá informar al Consejo (un grupo encargado de supervisar) sobre todas las acciones que realice para aplicar este artículo.

Texto oficial

Artículo 5. La Secretaría incorporará en el anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación que envíe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los recursos económicos necesarios, particularmente sobre los Programas de fomento y apoyo que instrumente, para el cumplimiento de los objetivos de la Ley y del presente Reglamento. Los apoyos, estímulos y demás beneficios que se otorguen, así como los programas y las acciones que se lleven a cabo para la aplicación de la Ley y del presente Reglamento en los que se ejerzan recursos de carácter federal, se sujetarán a las disposiciones aplicables en materia presupuestaria y a la disponibilidad de recursos que se haya aprobado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación en el ejercicio fiscal correspondiente para la Secretaría de Economía y aquellas dependencias que, en su caso, tengan obligaciones de cumplirlas en el ámbito de sus respectivas competencias. La Secretaría, informará al Consejo sobre las acciones a que se refiere el presente artículo. Capítulo Segundo Del desarrollo para la competitividad de las MIPYMES Sección I De la planeación

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.