Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en Materia de Organismos, Instancias de Representación, Sistemas y Servicios Especializados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Intersecretarial (un grupo de varias secretarías de gobierno) se encarga de hacer varias cosas, como proponerle al Presidente de la República ideas y reglas para crear planes de desarrollo en el campo, que cuiden el medio ambiente y sean para siempre. También tiene que organizar y darle seguimiento a los programas de gobierno que busquen mejorar la vida en el campo, como los que atienden a los agricultores o a las comunidades rurales. Además, esta Comisión puede hacer sus propios programas especiales, con ayuda de los sectores involucrados (como los campesinos o empresarios), y también encargarse de que esos programas se den a conocer. Por último, decide las reglas generales de operación y quiénes participan en ciertos servicios del campo, según lo que dice el artículo 22 de esa misma ley, y hace todo lo demás que la ley le pida.
Texto oficial
Artículo 5.- La Comisión Intersecretarial tendrá a su cargo el ejercicio de las siguientes atribuciones: I. Proponer ante el Ejecutivo Federal las políticas y criterios para la formulación de programas y acciones para el desarrollo rural sustentable; II. Coordinar las acciones y programas relacionados en materia de desarrollo rural sustentable; III. Atender, coordinar y dar seguimiento a los programas sectoriales y especiales que tengan como propósito impulsar el desarrollo rural sustentable; IV. Elaborar los programas sectoriales y especiales que establece la Ley y demás instrumentos programáticos, con la participación de los sectores representados, así como coordinar las actividades para su difusión y promoción; V. Determinar los Lineamientos Generales de Operación y los integrantes de los Sistemas y Servicios a los que se refiere el artículo 22 de la Ley, y VI. Las demás que establezca la Ley y otras disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.