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Ley
REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Artículo
18

Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para formar una escolta (el grupo que lleva y cuida la bandera) se necesitan seis personas: una abanderada (quien lleva la bandera), dos vanguardias (van adelante y a los lados), dos retaguardias (van atrás) y una comandante de órdenes (dirige al grupo). La formación va así: la abanderada va al centro, con una vanguardia a su derecha y otra a su izquierda. Detrás de cada vanguardia se coloca una retaguardia, y la comandante se pone a la derecha de la vanguardia de ese mismo lado.

Texto oficial

Artículo 18. La escolta deberá integrarse por seis personas con los cargos siguientes: I. Una abanderada; II. Dos vanguardias; III. Dos retaguardias, y IV. Una comandante de órdenes. La formación que deben adoptar las personas que integren a la escolta es la siguiente: la abanderada flanqueada por las dos vanguardias, una en el costado derecho y otra en el izquierdo; en la retaguardia se colocarán las retaguardias, una atrás de cada vanguardia, y serán dirigidas por la persona comandante de órdenes, quien se colocará al costado derecho de la vanguardia derecha.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (pág. 4) ↗

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