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Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando van a quemar una bandera nacional vieja o dañada (lo que se llama incineración), antes de hacerlo deben decir unas palabras especiales. Esas palabras explican que la ceremonia está permitida por la ley, que la bandera se puede destruir con respeto y que al hacerlo vuelve a sus orígenes. También dicen que la bandera representa nuestra identidad como mexicanos, nos une y nos recuerda nuestra historia. Al final, el pueblo le dice adiós a la bandera en voz alta, como un acto de respeto.

Texto oficial

Artículo 28. En el acto solemne de incineración de una réplica de la Bandera Nacional se deberá pronunciar previamente, lo siguiente: “Esta ceremonia de incineración se rige bajo el artículo 54 Bis de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. La Bandera Nacional que haya sufrido deterioro puede destruirse. El Lábaro Patrio debe ser tratado con dignidad y respeto. Al ser destruido vuelve a sus orígenes. El Emblema Nacional representa nuestra identidad y nos recuerda los hechos y acontecimientos que contribuyeron a su origen, los que la hacen superior, excelsa, que nos unifica y obliga a todos por igual. A una sola voz le decimos adiós, así piensa el pueblo de México de sus Símbolos Patrios”.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.