Artículo 27 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se quema una réplica oficial de la Bandera Nacional, hay reglas específicas según el tipo. Si es una bandera de escolta (la que usan en ceremonias), todos deben estar firmes, saludar al ritmo del toque de bandera y llevarla al lugar de la quema. Ahí la ondean tres veces de derecha a izquierda, la meten al incinerador y le prenden fuego mientras suena el toque de silencio. Si es una bandera de exterior (la que está en astas en plazas o edificios), primero la suben hasta arriba, esperan un minuto, la bajan y luego hacen lo mismo de llevarla al incinerador y quemarla con el toque de silencio. Para cualquier otra réplica de la bandera, se destruye siguiendo los mismos pasos.
Texto oficial
Artículo 27. La incineración de una réplica de la Bandera Nacional a que refiere el artículo 54 Bis de la Ley se realizará conforme a lo siguiente: I. Para una Bandera Nacional de escolta, todos los presentes estarán en posición de firmes, realizando el saludo civil al compás del toque de bandera, se trasladará al sitio donde se realizará su incineración. Al hacer alto total, se ondeará de derecha a izquierda por tres veces. Se depositará en el incinerador y se prenderá fuego, al compás del toque de silencio; II. Para el caso de una Bandera Nacional de exterior, se izará a toda asta y permanecerá durante un minuto, tras lo cual se procederá a su arriamiento. Posteriormente se trasladará al sitio donde se realizará su incineración, al hacer alto total se depositará en el incinerador y se prenderá fuego al compás del toque de silencio, y III. Para cualquier otra réplica de la Bandera Nacional, se realizará su destrucción observando lo señalado en las fracciones anteriores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.