Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley de

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier persona puede reportar a la Secretaría si ve que alguien está haciendo algo que va en contra de lo que dice la Ley. Puedes acudir a cualquiera de las oficinas de la Secretaría para hacer tu denuncia. Al denunciar, es importante que escribas los hechos que pasaron y, si tienes pruebas, las entregues. Si no las tienes a la mano, debes decir dónde están para que las puedan buscar.

Texto oficial

Artículo 20.- Toda persona interesada podrá denunciar ante cualquiera de las oficinas de la Secretaría, la existencia de conductas u omisiones que puedan constituir violación a las disposiciones previstas en la Ley. El denunciante procurará señalar por escrito los hechos conducentes, acompañando las pruebas que tuviere en su poder, o en su caso, indicando el lugar en el que se encuentren.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.