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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
46

Artículo 46 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa que tiene una concesión (como un permiso especial del gobierno) quiere pasar sus derechos y obligaciones a otra empresa que forma parte de su mismo grupo empresarial, solo necesita avisar por escrito a la Secretaría y mostrar que esa empresa sí es del mismo grupo. Ya no necesita pedir permiso ni esperar una autorización larga, solo basta con notificar y comprobar que es una empresa hermana o relacionada con la original. Esto aplica para los casos que menciona otra parte de la ley sobre cómo se pueden transferir estos derechos.

Texto oficial

Artículo 46. En caso de que un Concesionario pretenda realizar una cesión de derechos y obligaciones en los términos que señala el segundo párrafo del artículo 29 de la Ley, bastará con notificar por escrito a la Secretaría tal situación acreditando que la cesión se realiza a una empresa que pertenece al mismo grupo que el Concesionario. CAPÍTULO VII De la Terminación de Permisos y Concesiones

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 13) ↗

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