Artículo 5 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando presentes un escrito ante la Secretaría (como una solicitud o un aviso), ese documento debe incluir al menos estos datos: tu nombre completo o el de tu empresa, un domicilio donde te lleguen notificaciones, tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, y el nombre de tu representante legal si tienes uno. También tienes que señalar la ubicación del área geotérmica (si aplica), los datos del permiso o concesión que tengas, y firmar el documento ya sea tú o tu apoderado. Si el escrito lleva declaraciones o informes, debes hacerlos bajo protesta de decir verdad, o sea, comprometiéndote a que no mientes. Además, siempre tienes que incluir una copia del comprobante de pago de los derechos correspondientes y, si es el caso, un documento que acredite que quien firma es tu representante legal. Si tu negocio es una persona moral (una empresa), también debes agregar su acta constitutiva y sus antecedentes sociales, ya sea en original o copia certificada.
Texto oficial
Artículo 5. Las solicitudes, avisos, informes, promociones y demás escritos que se presenten a la Secretaría, deberán contener, por lo menos, lo siguiente: I. Nombre completo o razón o denominación social del promovente; II. Domicilio para oír y recibir notificaciones; III. Clave del registro federal de contribuyentes, que incluya la homoclave correspondiente; IV. Nombre de su representante legal, en su caso; V. Ubicación del Área Geotérmica, en su caso; VI. Datos del Registro, Permiso o Concesión, en su caso, y VII. Estar firmada por el promovente o por su representante legal. Cuando el escrito contenga declaraciones, manifestaciones e informes, éste deberá realizarse bajo protesta de decir verdad. En todos los casos, se deberá adjuntar al escrito la copia del comprobante de pago de los derechos correspondientes, así como, en su caso, el documento que acredite al representante legal actuar con esta calidad; tratándose de personas morales, además, su acta constitutiva y el de sus antecedentes sociales, en original o copia certificada. CAPÍTULO II De las Disposiciones Comunes para Registros, Permisos y Concesiones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.