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Artículo 65 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pasa algo que nadie pudo evitar, como un temblor, una inundación o una huelga, entonces se considera que es imposible seguir con las obras o trabajos. A eso se le llama "caso fortuito" o "fuerza mayor". Básicamente, la ley dice que si ocurre una situación así, no se puede culpar a nadie por no terminar el trabajo.

Texto oficial

Artículo 65. Se entenderá que es imposible la realización de las obras o trabajos en los casos de caso fortuito o fuerza mayor.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.