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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LEMEFAGN/106
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
106

Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tu profe te tiene que decir cuánto sacaste en tu examen o trabajo, y tú tienes que firmar el papel donde viene tu calificación para que quede constancia de que sí te enteraste. El proceso de evaluación termina hasta que te dan ese resultado y lo firmas, no antes.

Texto oficial

ARTÍCULO 106.- El proceso de evaluación concluye cuando se haga del conocimiento de la persona discente el resultado de su evaluación, recabándose su firma en el instrumento pedagógico. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 26) ↗

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