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Artículo 107 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no estás de acuerdo con el resultado de un examen o evaluación, puedes quejarte por escrito. Tienes que presentar tu queja ante el director de la escuela o el jefe de curso, máximo cinco días naturales (contando sábados y domingos) después de que te hayan dado el resultado. Además, debes explicar por escrito las razones por las que no estás de acuerdo.

Texto oficial

ARTÍCULO 107.- En caso de inconformidad por el resultado de alguna evaluación, la persona discente podrá presentar por escrito, ante la Dirección de la Institución Educativa o Jefatura de Curso correspondiente, en un término no mayor de cinco días naturales contados a partir de la fecha en que tenga conocimiento del resultado, su inconformidad, expresando los motivos para ello. Artículo reformado DOF 20-03-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.