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Artículo 113 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a definir qué características debe tener la gente que quiera entrar a las escuelas o cursos que ofrecen las Jefaturas, tanto mexicanos como extranjeros. Esto lo hará basándose en lo que le sugieran la Dirección y la Rectoría. Todos esos requisitos deben estar escritos claramente en las convocatorias para que los aspirantes los conozcan desde el principio.

Texto oficial

ARTÍCULO 113.- La Secretaría, a propuesta de la Dirección y Rectoría, determinará los perfiles de ingreso que deberá reunir el personal de aspirantes nacionales y extranjeros a las Instituciones Educativas y Cursos que impartan las Jefaturas, debiendo estar contenidos en las convocatorias respectivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.