Artículo 116 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 116 dice que las escuelas o instituciones que forman parte del Sistema deben planear bien cómo van a recibir a los nuevos alumnos. Esa planeación tiene que incluir los pasos exactos y el orden en que se harán, para que todo el proceso de admisión funcione sin problemas. La idea es que así puedan encontrar y aceptar a los aspirantes que realmente cumplan con los requisitos para entrar. En pocas palabras, busca que no haya desorden y que solo entren quienes sí califican.
Texto oficial
ARTÍCULO 116.- La planeación de la admisión preverá las acciones y la secuencia de su realización, que permita garantizar el eficiente desarrollo del proceso de admisión al Sistema, para captar a las personas aspirantes que cumplan los requisitos de ingreso. Artículo reformado DOF 20-03-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.