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Artículo 115 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a mandarles las invitaciones para las becas a los Ministerios de Defensa de los países con los que tengamos intercambio académico y cultural, y también va a recibir los papeles de los estudiantes extranjeros que quieran aplicar a esas becas. Después, la Dirección y Rectoría checarán que aquellos que quieran ser becarios cumplan con todos los requisitos que piden en la convocatoria.

Texto oficial

ARTÍCULO 115.- La Secretaría enviará a los Ministerios de Defensa de los países con los cuales se mantenga intercambio académico y cultural, las convocatorias de las becas que ofrezca el Sistema y recibirá la documentación de las personas aspirantes a discentes como personas becarias extranjeras. La Dirección y Rectoría verificará el cumplimiento de los requisitos especificados en las convocatorias, por parte de las personas aspirantes a becarias. Artículo reformado DOF 20-03-2026 CAPÍTULO II Planeación de la Admisión

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

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