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Artículo 131 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no estás de acuerdo con cómo aplicaron un examen de selección para entrar al Sistema o con los resultados que te dieron, puedes quejarte. Esa queja la van a resolver las oficinas que la Secretaría designe, y se van a guiar por las reglas que se publicaron en la convocatoria del examen. Básicamente, si tienes un problema, sigue lo que diga la convocatoria para presentar tu reclamo.

Texto oficial

ARTÍCULO 131.- Los casos de inconformidad motivados por la aplicación y resultados de los exámenes de selección para ingresar al Sistema, serán resueltos por los organismos designados por la Secretaría y de acuerdo a los procedimientos establecidos en las convocatorias correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.