Artículo 133 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección y Rectoría (las autoridades educativas militares) tienen que organizar todo lo necesario para analizar los resultados del examen de admisión y revisar qué tan buenos fueron los exámenes que se aplicaron. Esto significa que deben llevar las cuentas y estadísticas de cómo le fue a cada persona en el examen cultural de ingreso, y también ver si las preguntas o pruebas que usaron funcionaron bien o si hay que mejorarlas. En pocas palabras, se encargan de estudiar los números y la calidad del examen para que el proceso sea justo y efectivo.
Texto oficial
ARTÍCULO 133.- La Dirección y Rectoría establecerá lo necesario para el procesamiento estadístico de resultados del examen cultural de admisión y el análisis de los instrumentos empleados. REGLAMENTO DE LA LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-03-2026 31 de 47 CAPÍTULO VI De los Estudiantes Militares en el Extranjero
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