Artículo 138 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Secretaría se da cuenta de que una estudiante o un estudiante usó documentos falsos o inventó datos para inscribirse, le va a cancelar su registro. Esto significa que la persona pierde su lugar en la escuela. Además, no se libra de posibles consecuencias legales, como multas o denuncias, porque pueden meterle una demanda por el engaño.
Texto oficial
ARTÍCULO 138.- La Secretaría dejará sin efectos el alta respectiva cuando se detecte que la persona discente haya proporcionado documentos apócrifos o datos falsos para su ingreso. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales procedentes. Artículo reformado DOF 20-03-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.