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Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las escuelas y universidades que tienen carreras de técnico superior universitario deben organizar sus planes para que puedas seguir estudiando después y convertirte en licenciado sin empezar desde cero. La carrera se divide en dos etapas: la primera es el 60% del tiempo total y 180 créditos, y al terminarla obtienes el título de técnico superior universitario. La segunda etapa es el 40% restante del tiempo y 120 créditos, que sirve para completar la licenciatura. Así, al finalizar ambas partes, consigues el título de licenciatura.

Texto oficial

ARTÍCULO 83.- Las Instituciones Educativas y las Jefaturas de Curso que impartan estudios de técnico superior universitario, considerarán en sus planes de estudios la continuidad curricular entre el curso de técnico superior universitario con los cursos complementarios, derivados del plan de estudios de licenciatura correspondiente, que permitan acreditar los estudios y obtener el nivel de licenciatura bajo el esquema siguiente: I. La primera etapa será cumplida con un mínimo de 60% en tiempo y 180 créditos, a fin de certificar el nivel técnico superior universitario, y II. La segunda etapa, integrada con un mínimo de 40% en tiempo y 120 créditos, requerido para complementar los estudios y certificar la licenciatura.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.