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Artículo 89 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los programas de apoyo que no son materias normales, como cursos de nivelación o prácticas, deben ayudar a cumplir lo que se busca en los planes de estudio oficiales. Además, esos programas solo se pueden hacer siguiendo las reglas que pongan la Dirección y la Rectoría. La lista de estos programas incluye, por ejemplo, un curso básico de formación militar, viajes de estudio, conferencias y prácticas de tiro.

Texto oficial

ARTÍCULO 89.- Los programas de apoyo educativo serán coadyuvantes con el logro de los objetivos señalados en los planes y programas de estudio y deberán elaborarse de conformidad con las disposiciones que emita la Dirección y Rectoría, siendo los siguientes: I. Propedéutico; II. Nivelación; III. Curso Básico de Formación Militar, y Fracción reformada DOF 20-03-2026 IV. Complementarios: A. Prácticas, visitas y estadas de estudio; B. Desarrollo humano; C. Prácticas de tiro; D. Ejercicios militares de aplicación; E. Viajes de estudio; F. Conferencias, simposios, paneles, talleres; G. De la comandancia del cuerpo o ayudantía; H. Cultura para la salud; I. Difusión cultural; J. Investigación; K. Estudio dirigido; REGLAMENTO DE LA LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-03-2026 24 de 47 L. Trabajo psicopedagógico, y M. Otros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

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