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Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los planteles de la Marina (como escuelas o centros de capacitación) deben pedir lo que necesitan para funcionar, como personal, material y dinero, a las áreas indicadas de la Secretaría de Marina. Esto lo tienen que hacer siguiendo las leyes y reglas que aplican en cada caso. En pocas palabras, la escuela no puede conseguir esos recursos por su cuenta, sino que tiene que solicitarlos a través de los canales oficiales.

Texto oficial

Artículo 25.- Las necesidades ordinarias de recursos humanos, materiales y financieros de los Establecimientos Educativos Navales, serán gestionadas ante las unidades administrativas competentes de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.