Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para poder trabajar como maestro o maestra en las escuelas de la Marina, debes cumplir con los requisitos que la Autoridad Educativa Naval ponga en sus reglas y manuales de cada plantel. Es decir, no puedes dar clases si no cumples con lo que ellos pidan, como estudios o documentos específicos. Esta autoridad es la que decide qué necesitas para ser docente en sus escuelas. Cada escuela de la Marina tiene sus propias indicaciones.
Texto oficial
Artículo 37.- Los Docentes para desempeñar funciones en el Sistema Educativo, deberán reunir los requisitos que la Autoridad Educativa Naval establezca al respecto, en las directivas y manuales correspondientes a cada Establecimiento Educativo Naval.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.